"Reiterando que, según el artículo 1 de la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la
mujer, por “violencia contra la mujer” se entiende todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada,
1. Decide declarar el 25 de noviembre Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la
Mujer;
2. Invita a los gobiernos, los organismos, órganos, fondos y programas del sistema de las Naciones
Unidas, y a otras organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales, según proceda, a que organicen ese día actividades dirigidas a sensibilizar a la opinión pública respecto del problema de la violencia contra la mujer.
83a. sesión plenaria
17 de diciembre de 1999"
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